
El Instituto suspenderá labores, además de los sábados y domingos los siguientes días del año 2009: febrero 2 (conmemoración del día 5); marzo 16, (en conmemoración del día 21 del); abril 9 y 10; mayo 1 y 5; septiembre 16, y noviembre 2 y 16 (conmemoración del día 20). Tales días se entenderán como inhábiles para los efectos de lo dispuesto por la Ley de la Propiedad Industrial y su Reglamento.
Respecto del Cómputo de plazo, también se considerará día inhábil el día 1o de septiembre, sin que implique la suspensión de labores del personal del Instituto.
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